Domingo 5 de Febrero de 2012
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Emprendedores

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  ¿Quiénes pueden ser beneficiarios de los recursos del Fondo Emprender?
  Rubros No Financiables
¿Cómo inscribir un plan de negocios?

  Procedimiento para inscribir un Plan de Negocio
Marco Legal Vigente

  Ley 789 de Diciembre 27 de 2002.
  Decreto 934 de Abril 11 de 2003
  Decreto 3930 del 9 de Noviembre del 2006
  Acuerdo 005 de 2007
  Acuerdo 006 de 2007
  Acuerdo 004 del 2009
  Acuerdo 007 del 2011
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  Manual de Operación 2007
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  Modificación al Manual de Operación
Marco Legal Anterior

  Acuerdo 007 de Julio 13 de 2004
  Acuerdo 015 de Dic 17 de 2004
  Acuerdo 007 de Junio 2 de 2005
  Acuerdo 004 de Mayo 16 de 2005
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¿Quiénes pueden ser beneficiarios del Fondo Emprender?

Podrán acceder a los recursos del FONDO EMPRENDER, los ciudadanos colombianos, mayores de edad, que estén interesados en iniciar un proyecto empresarial en cualquier región del país y que acrediten, al momento del aval del plan de negocios, alguna de las condiciones estipuladas en el articulo segundo del Acuerdo 004 del 26 de marzo del 2009. Dichas condiciones se enumeran a continuación:

1) Alumno SENA que haya finalizado la etapa lectiva de un programa de formación.

2) Alumnos o egresados de cursos SENA, en el programa jóvenes rurales y línea de formación lideres del desarrollo. El factor determinante para la participación de ésta población en cada una de las convocatorias, será la calidad del plan de negocio a formular, según los criterios señalados en el art. 13 del acuerdo 00004 de 2009. Para el caso de los egresados la certificación se deberá haber obtenido dentro de los últimos 24 meses.

3) Alumnos SENA que hayan obtenido certificación en una salida parcial, cuya duración sea mínima de 440 horas y la certificación se haya obtenido dentro de los últimos 24 meses.

4) Estudiante que se encuentre cursando los dos (2) últimos semestres en un programa de educación superior reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.

5) Personas que hayan concluido materias, dentro de los últimos doce (12) meses, de un programa de educación superior reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.

6) Profesional universitario cuyo primer título haya sido obtenido durante los últimos 24 meses, de un programa de educación Superior reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.

7) Estudiantes que se encuentren cursando especialización y/o maestría, así como egresados de estos programas, que hayan culminado y obtenido la certificación dentro de los últimos 12 meses.

La presentación de un plan de negocio podrá realizarse de manera individual o asociativa. En el caso de las asociaciones estas tendrán que estar integradas por lo menos por el 51% de aprendices; el resto de la asociación podrá integrarse con los demás beneficiarios de presente numeral.

Acuerdo 004 del 26 de marzo del 2009.



¿Qué es una Plan de Negocios?

El plan de negocios contempla toda la información necesaria para evaluar un negocio y los lineamientos generales para ponerlo en marcha. En el proceso de realización de este documento se interpreta el entorno de la actividad empresarial y se evalúan los resultados que se obtendrán al accionar sobre ésta de una determinada manera. Se definen las variables involucradas en el proyecto y se decide la asignación óptima de recursos para ponerlo en marcha.



Topes y Montos de los recursos otorgados

El Fondo Emprender otorgará recursos hasta el ciento por ciento (100%) del valor del plan de negocio, así:

1. Si el plan de negocio genera hasta 3 empleos, el monto de los recursos solicitados no superará los ochenta (80) salarios mínimos mensuales legales vigentes, SMLMV.

2. Si el plan de negocio genera hasta 5 empleos, el monto de los recursos solicitados no superará los ciento cincuenta (150) salarios mínimos mensuales legales vigentes, SMLMV.

3. Si el plan de negocio genera 6 o más empleos, el monto de los recursos solicitados no superará los ciento ochenta (180) salarios mínimos mensuales legales vigentes, SMLMV.

Para recibir información adicional se puede contactar marcando a Bogotá al número telefónico (571) 5940407 Ext. 1918.