|
En desarrollo del encargo Fiduciario con entidad Financiera contratatada por FONADE (Fondo Emprender) y con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en el decreto reglamentario 3590 de septiembre de 2011 que reglamenta el artículo 173 de la Ley 1450 de 2011 que indica .... "Artículo 173. Aplicación de retención en la fuente para trabajadores independientes. A los trabajadores independientes que tengan contratos de prestanción de servicios al año, que no exceda a trescientos (300) UVT mensuales, se les aplicará la mima tasa de retención de los asalariados estipulada en la tabla de retención en la fuente contenida en el artículo 383 del Estatuto Tributario, modificado por la Ley 1111 del 2006."
Por lo anterior, nos permitimos informar que a partir de la fecha es requisito que para todas las solicitudes de los pagos a trabajadores independientes tramitadas por la plataforma del Fondo Emprender a que se refiere el citado artículo, se adjunte además de los soportes ya establecidos, la certificación debidamente diligenciada que se puede descargar desde esta página. Por lo tanto, las órdenes de pago que no cumplan con este requisito seran rechazadas. 1. Certificación Retención en la Fuente para trabajadores Independientes 2. Decreto reglamentario 3590 de septiembre de 2011 que reglamenta el artículo 173 de la Ley 1450 de 2011)
|